Blockchain como tecnología de registro
Evidencia Electrónica en Blockchain
La evidencia electrónica según el Código Federal de Procedimientos Civiles, en su artículo 210-A se define como la información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en cualquier otra tecnología. Explica que su fuerza probatoria se estimará primordial la fiabilidad del método en que haya sido generada, comunicada, recibida o archivada, y en su caso, si es posible atribuir a las personas obligadas el contenido de la información relativa y ser accesible para su ulterior consulta. Cuando la ley requiera que un documento sea conservado y presentado en su forma original, ese requisito quedará satisfecho si se acredita que la información generada, comunicada, recibida o archivada por medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, se ha mantenido íntegra e inalterada a partir del momento en que se generó por primera vez en su forma definitiva y ésta pueda ser accesible para su ulterior consulta.
Blog anterior: Diferenciando Blockchain y criptomonedas.
Por otro lado, el blog pasado explica que la tecnología de blockchain es una base de datos distribuida compuesta por bloques encadenados entre si mediante códigos hash. Cada bloque cuenta con dos hash, uno del bloque anterior y otro para registrarlo con el siguiente bloque posterior. Estos códigos hash son creados con la información del bloque, es decir, sería imposible alterar la información del bloque pues su código hash cambiaría y no estaría en sincronización con el bloque posterior.
Te contamos qué es un Hash y para qué sirve
Es por lo anterior que para el registro de evidencias digitales, blockchain resulta una tecnología ideal. Usando blockchain, el titular de cualquier evidencia digital, podrá ser capaz de demostrar la existencia de su archivo con fecha cierta, además de la integridad de este. Una vez que el registro del documento se encuentre en la cadena de bloques, su información no podrá ser modificada o borrada. Bajo los parámetros del Código Federal de Procedimientos Civiles, la evidencia electrónica generada, comunicada, recibida o archivada en blockchain resulta del más alto valor probatorio.
En el caso mexicano, la NOM-151-SCFI-2016 da luz acerca de la importancia de la conservación de los mensajes de datos y el sellado de tiempo. Esta NOM regula la conservación de los mensajes de datos, y para esto se expide un certificado. Dicho certificado electrónico utiliza el método de hashing al igual que blockchain para garantizar que la información electrónica existió en fecha cierta y se mantiene íntegra.
En TRATO contamos con evidencias de blockchain, y la NOM-151 para asegurar el mayor grado de validez y confianza con nuestros clientes.
Te explicamos cómo funcionan los contratos blockchain
Referencias:
https://www.sciencedirect.com/science/article/abs/pii/S0267364920300066
más artículos
Digitalización
Conoce qué es un Software as a Service (SaaS) y cómo beneficia a tu empresa.
LegalTech Contratos Electrónicos Funciones de TRATO
¿Qué es un Administrador del Ciclo de Vida Contractual?
Noticias
Conoce la NOM 247 de vivienda y cómo afecta al sector inmobiliario
Noticias Contratos Electrónicos Firma electrónica LegalTech
Reformas al código civil CDMX: Protocolo Digital (Notaría Pública Electrónica)
LegalTech
¿Qué es una sociedad anónima promotora de inversión SAPI?
LegalTech
Alcances del T-MEC en materia de comercio electrónico
LegalTech
Introducción a la 4ta Revolución Industrial y el Legaltech
Digitalización
¿Qué es el ciclo de vida de un producto? Etapas y Estrategias
Contratos Electrónicos Sector
Contrato de Arrendamiento de Casa
Noticias
¿Ya conoces la Cédula Única de Identificación Digital, CURP biométrico o CUID?
LegalTech
¿Qué es la rescisión de contrato?
LegalTech
Cinco tendencias Legaltech que llegaron este 2022
Noticias Contratos Electrónicos LegalTech
Reformas al Código Civil CDMX: Asambleas Corporativas Digitales
Contratos
Cinco medidas para optimizar tu administración de contratos
Sector
La Firma Electrónica es una solución para Agencias Inmobiliarias.