¿Cómo se ven los procedimientos en línea?
Los procedimientos son una serie de pasos para llevar a cabo algo. En otras palabras, el procedimiento es un método de ejecución. Los procesos, mientras tanto, son una serie de actos o fenómenos sucedidos en el tiempo, comúnmente reservados a la figura del juez.
Dentro del nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares encontramos los procedimientos que a continuación aparecen: Juicio Ordinario Civil Oral, Juicio Ejecutivo Civil Oral, Tercerías, Juicio Especial Hipotecario Oral, Juicio Especial de Arrendamiento Inmobiliario Oral, Procedimiento Especial de Inmatriculación Judicial Oral, Divorcio Bilateral, Juicio Oral Familiar, Juicios Sucesorios, Jurisdicciones Voluntarias, Acciones Colectivas, Recursos de Apelación, Reposición y Queja.
Hacia la digitalización de la Telejusticia : Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Todos los anteriores, siendo procedimientos, podrán tramitarse bajo la modalidad de procedimiento en línea.
En un empuje hacia la digitalización de la justicia, el legislador previó que todos los procedimientos contenidos en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares podrían ser tramitados en dicha modalidad;
“Artículo 933. Todos los procedimientos regulados en el presente Código Nacional podrán tramitarse bajo la modalidad de procedimiento en línea que, al igual que cualquier otra modalidad procesal, será gratuita para las partes.
En los procedimientos en línea, la autoridad jurisdiccional garantizará una justicia digital equitativa y segura.”
¿Qué implica ésta modalidad? Si bien es cierto ésta modalidad ya permea nuestro sistema jurídico, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares implica la nacionalización de esta forma de impartir la justicia. Por ello, a continuación les compartimos un par de aspectos generales, importantes a considerar:
- Integración dual de expedientes: los tribunales contarán con un expediente físico y otro electrónico, salvo que se acuerde que éste sea solo electrónico. Los expedientes pueden ser primero físicos y luego digitales o al revés, por lo que se deberá cuidar que sus elementos sean íntegros al momento de imprimirlos o digitalizarlos.
- Presentación electrónica de promociones: existirá una oficialía de partes virtual en donde las partes podrán ingresar sus promociones, en cualquier momento, salvo que no haya sistema.
- Notificaciones electrónicas: las notificaciones para las partes involucradas en el procedimiento se podrán realizar electrónicamente. Con sus excepciones, como lo son las notificaciones personales.
- Diligencias y audiencias virtuales: siempre que la naturaleza de la diligencia o que el natural desarrollo de la audiencia lo permita, a petición de parte o del propio juzgador, éstas podrán ser practicadas virtualmente. Incluso el desahogo de pruebas está diseñado para permitir esto.
- Gestión documental virtual: los sistemas de justicia digital suelen proporcionar acceso en línea a la información del procedimiento, permiten la firma electrónica de documentos para su presentación y permiten el almacenamiento seguro de todo lo actuado en juicio. Así, la vida de cualquier documento puede gestionarse ahí mismo.
La nueva relevancia de la cadena de bloques
Con el apoyo de la tecnología, también podremos obtener la automatización de muchos procesos burocráticos, y, quizá ¿jueces digitales? La tecnología en desarrollo no esperará la entrada en vigor del Código. Es por ello que no es alejado de la realidad pensar que, cuando llegue el momento de la entrada en vigor del Código, quizá la tecnología pueda resolver muchos problemas que el actual sistema de impartición de justicia presenta.
Claro, todo lo anteriormente anotado conlleva un proceso de adecuación, capacitación, modernización y muchos retos por delante. Esto sólo es el comienzo de una justicia digital y el anuncio de la total digitalización y transformación de la carrera del derecho como la conocemos.
CITAS
Álvarez, A. (sin año) “Tema 4, Proceso y procedimiento” Apuntes de Derecho, Procesal Laboral, Cádiz. https://rodin.uca.es/bitstream/handle/10498/6871/Procesal4.pdf


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